Placas solares en la Región de Murcia: qué bonifica cada ayuntamiento

Hemos leído las ordenanzas fiscales de 10 municipios murcianos para comparar el IBI y el ICIO por autoconsumo fotovoltaico. Cada dato sale del texto de la ordenanza (BORM o web municipal) y enlaza a su fuente; lo que no hemos podido leer, no se publica.

Última consulta: 3 de octubre de 2026 · 10 municipios · Fuente enlazada en cada fila

Resumen: lo que sale de la Región

Tabla comparativa por municipio

Los porcentajes se refieren a la cuota íntegra del impuesto. «No contrastado» significa que no hemos podido leer esa parte de la ordenanza y no damos cifra. Los municipios sin página propia en FacturaZero aparecen sin enlace.

MunicipioIBIAñosTopesRequisitos principalesICIOFuentes
Águilas 50 % (solo sistemas eléctricos) 1 (el año siguiente a la instalación) Sin tope en euros Uso catastral residencial-vivienda, instalación no obligatoria con certificado técnico visado, declaración responsable con informe municipal favorable, inscripción en el registro autonómico; incompatible con otras bonificaciones del IBI y sin licencia no se concede (salvo antigüedad > 15 años) 90 % sobre el coste añadido por la instalación fotovoltaica de autoconsumo (art. 5.10)
Alhama de Murcia 50 % 3 Máximo 200 € al año Instalaciones por primera vez y ejecutadas desde el 1-1-2022, con licencia o acto urbanístico y registro en la Comunidad Autónoma; solicitud antes del 1 de marzo del año siguiente a la obra; en propiedad horizontal, solo los pisos y locales vinculados a la instalación compartida 90 % en viviendas (60 % en industria e instalaciones agrícolas y ganaderas), solo la parte de la instalación
Cartagena Sin bonificación desde 2026 (extinguida) — — Solo la siguen disfrutando, hasta 2027 como máximo, quienes ya la tenían concedida en 2025
Texto de la modificación publicada en el BORM; no hemos localizado cambios posteriores.
75 % sobre la partida específica de la instalación (art. 7.2.b)
Lorca Sin bonificación por placas solares — — La ordenanza del IBI no recoge ningún beneficio por instalaciones solares 50 % sobre la partida de la instalación (art. 10.a)
Los Alcázares 50 % 3 Cada año, lo bonificado ≤ 33 % del coste de la instalación Instalación voluntaria con certificado técnico, factura, inscripción en la Dirección General de Energía; solicitud con pago previo de tasas e impuestos del título urbanístico; en propiedad horizontal la pide la comunidad
Del ICIO solo hemos podido leer el texto de 2019 publicado por el ayuntamiento: no recoge ninguna bonificación solar.
Sin bonificación para placas solares en el texto publicado
Mazarrón 25 % 4 Sin tope en euros; incompatible con otros beneficios fiscales Viviendas; en solar térmico, colectores homologados y dimensionados para cubrir toda la necesidad de las viviendas del edificio; solicitud antes del devengo con certificado técnico
El ICIO es el texto publicado en el portal municipal (con modificaciones de 2015); no hemos confirmado que sea la versión vigente.
45 % (solo instalaciones eléctricas)
Molina de Segura 40 % (eléctrica, ≥ 2 kW); 20 % en solar térmica 3 Sin tope en euros en el artículo Vivienda unifamiliar de uso residencial, instalaciones ejecutadas desde el 1-1-2018, solicitud antes del 31 de diciembre siguiente a la instalación, certificado de instalación de la Comunidad Autónoma, sin deudas en ejecutiva
Textos de las modificaciones publicadas en el BORM; la de IBI de 2024 no toca este artículo.
50 % sobre la parte de la instalación para autoconsumo (se admiten excedentes a red)
Murcia Sin bonificación por placas solares en la ordenanza de 2026. A partir del 1-1-2027: 50 % el primer año, 45 % el segundo y 40 % el tercero 0 en 2026; 3 desde 2027 Desde 2027: máximo 200 € bonificados por ejercicio Desde 2027: vivienda habitual (empadronado a 1 de enero), titular de la instalación = sujeto pasivo, autoconsumo exclusivamente doméstico sin venta ni compensación simplificada de excedentes, mejora de al menos una letra en la calificación energética e informe urbanístico favorable
La bonificación del IBI de 2027 la leemos del texto del proyecto aprobado por el Pleno; el Ayuntamiento y la prensa informan de su aprobación definitiva en septiembre de 2026, pero no hemos leído el anuncio del BORM del IBI.
95 % sobre la partida de la instalación (desde el 17-9-2026; antes, 50 %)
San Javier 50 % 1 (solo el primer periodo tras la instalación) Sin tope en euros Viviendas con instalación para autoconsumo, proyecto o memoria técnica, certificado de que no era obligatoria, licencia municipal concedida 50 % en la parte que afecta al edificio (art. 7.5)
Torre-Pacheco 50 % 1 Sin tope en euros; la bonificación dura un solo ejercicio Vivienda habitual unifamiliar ya construida, potencia mínima de 2 kW, instalación voluntaria, no compatible con otras bonificaciones del IBI; en propiedad horizontal el titular debe haber costeado toda la inversión
Texto de la modificación publicada en el BORM; no hemos localizado el texto del ICIO ni cambios posteriores del IBI.
No contrastado

Cómo queda Murcia capital frente al resto de España

Lo que no hemos podido incluir

Metodología

Para cada municipio descargamos la ordenanza del IBI y la del ICIO publicadas en el BORM o en la web del ayuntamiento, localizamos el artículo sobre aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar y copiamos porcentaje, duración, topes y requisitos tal como figuran. Fecha de consulta: 3 de octubre de 2026. No usamos anuncios ni cifras de prensa como fuente: si una cifra solo aparece en un anuncio, no la publicamos. Las ordenanzas cambian cada año (suelen aprobarse en otoño y entrar en vigor el 1 de enero), así que confirma siempre el texto vigente antes de instalar. Esto es una guía para comparar, no asesoramiento fiscal. ¿Ves un dato desactualizado? Escríbenos a hola@facturazero.com.

Más: comparativa nacional de bonificaciones · placas solares en Murcia · Cartagena · Lorca · Molina de Segura · subvenciones por comunidad · calculadora de ahorro.

Gratis y sin compromiso

Recibe hasta 3 presupuestos de instaladores de tu zona

  • Instaladores verificados que trabajan en tu municipio
  • Comparas precios reales y eliges tú — o ninguno
  • Te llaman en menos de 48 h laborables
¿Qué tipo de vivienda tienes?

Bonificaciones en la Región de Murcia: preguntas frecuentes

¿Qué municipios de la Región de Murcia bonifican el IBI por placas solares?

Según sus ordenanzas, Águilas, San Javier y Torre-Pacheco bonifican el 50 % pero solo un año; Los Alcázares y Alhama de Murcia, el 50 % durante tres años (Alhama con un máximo de 200 € al año); Molina de Segura el 40 % durante tres años y Mazarrón el 25 % durante cuatro. Lorca no tiene bonificación solar en el IBI y Cartagena la extinguió en 2026. Murcia capital no la tiene en 2026 y la estrena en 2027 (50, 45 y 40 % con un máximo de 200 € al año).

¿Cuánto se bonifica el ICIO por instalar placas solares en Murcia capital?

El 95 % sobre la partida específica del coste de la instalación, desde el 17 de septiembre de 2026 (antes era el 50 %). Hay que pedirlo antes de iniciar las obras y, como máximo, antes de que se conceda la licencia o al presentar la declaración responsable.

¿Qué ha pasado con la bonificación del IBI en Cartagena?

La modificación de las ordenanzas fiscales publicada en el BORM el 3 de noviembre de 2025 extingue la bonificación del IBI por aprovechamiento solar a partir de 2026. Solo la mantienen, hasta 2027 como máximo, quienes ya la disfrutaban en 2025. El ICIO sí se bonifica, al 75 %.

¿Por qué no aparece Alcantarilla?

Porque no hemos podido leer el texto de su ordenanza fiscal: el ayuntamiento la publica en un enlace de SharePoint que exige iniciar sesión. Lo único que hemos encontrado es una moción de 2021 de un grupo municipal que menciona un 10 %, y eso no es una fuente. Si el Ayuntamiento nos pasa el texto, lo incorporamos.

¿La bonificación del IBI de Murcia capital sirve si vendo o compenso excedentes?

Según el texto del proyecto de ordenanza para 2027, no: la instalación debe destinarse exclusivamente al autoconsumo doméstico, quedando excluidas las acogidas a cualquier modalidad de venta de excedentes o de compensación simplificada. Además exige que sea la vivienda habitual y una mejora de al menos una letra en la calificación energética.